Soto hizo todo lo que pudo para salvarse de proceso judicial y usó la Ley 31751.
Soto hizo todo lo que pudo para salvarse de proceso judicial y usó la Ley 31751.

El señor presidente del Congreso de la República, , no dice toda la verdad. El flamante mandamás del Legislativo ha asegurado ayer que no se benefició con la polémica Ley 31751 que reduce el plazo de prescripción —norma que él mismo apoyó con su firma en el pleno del Congreso en mayo último— en el juicio por presunta estafa en agravio de la empresa Waynapicchu, en el Cusco. Pero la realidad es otra, y el documento que publica hoy Perú21 deja a Soto en la cuerda floja.

Su defensa legal sí se amparó —a nombre de Soto— en la ya vigente ley para lograr la prescripción de este caso. Sus argumentos presentados ayer en Canal N y su victimización ante las denuncias, afirmando que hay una campaña de desprestigio en su contra, solo hacen que la imagen del Congreso se vea aún más manchada.

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El pasado 14 de julio, solo siete días antes del inicio de la audiencia del juicio oral en el que el congresista debía enfrentar un pedido fiscal de ocho años y ocho meses de prisión, Walter Pimentel Peralta, abogado de Soto, presentó ante el titular del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cusco una solicitud de excepción de prescripción, en su intento porque su defendido quede libre de toda acción penal.


Documento lo deja con la boca cerrada
Documento lo deja con la boca cerrada

Para esa fecha, la nueva norma que reduce a un año el plazo de suspensión de la prescripción ya se encontraba en vigencia. Pimentel argumentó su pedido apoyándose en que la norma ya podría aplicarse.

“Señor magistrado, como bien sabemos, en fecha 25 de mayo del año 2023, se publicó en el Diario Oficial el Peruano la Ley N.° 31751, (Ley que Modifica el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal para Modificar la Suspensión del Plazo de Prescripción), conforme se tiene del siguiente cuadro:…”, expuso el defensor de Soto como uno de los fundamentos de hecho y derecho.

El abogado argumentó en el documento que con la referida norma se modificó “la suspensión del plazo de prescripción, el mismo que se resume de la siguiente manera: máximo de la pena fijada por ley, más la mitad, más un año”.

Días después, la jueza a cargo del caso, Erika Núñez Orihuela, declaró fundada la prescripción de esta acción penal presentada por el abogado del legislador. En su resolución del pasado 24 de julio, incluso, hizo hincapié en la aplicación de la nueva norma aprobada por el Congreso e impulsada por Soto.


OTRA MENTIRA

Pese a esta evidencia, el ya cuestionado presidente del Legislativo aseguró ayer que la vigente ley no lo benefició, señalando, además, que su caso ya estaba prescrito desde hace cuatro años y no desde hace dos semanas, en la audiencia que iba a dar inicio al juicio oral y al que se presentó de manera virtual.

Esto tampoco es cierto. Si bien en noviembre de 2019 el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco declaró fundado un pedido de sobreseimiento de la defensa de Soto, dictando la prescripción a su favor, una semana después, el 8 de enero de 2020, la Primera Sala de Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cusco declaró la nulidad de esta resolución, ordenando que el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria inicie de nuevo el control de acusación. En octubre de ese año el Poder Judicial dictó el auto de enjuiciamiento contra Soto por estafa y estableció el pedido fiscal de ocho años y ocho meses de prisión por dicho delito. El apepista dijo ante la prensa que el proceso estaba archivado a su favor y que si seguía en curso es porque hay otros involucrados.

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“Si fuera verdad lo que el señor Alejandro Soto dice, pues no hubiera ido a la audiencia de juicio oral del 21 de julio pasado (Ver). Él se presenta allí como imputado y se presenta con su abogado. Si hubiera sido excluido del proceso y este continuaría con otros imputados, no iría ni de mirón ahí porque ya no tendría nada que hacer ahí”, indicó a Perú21, Darwin Urquizo, el abogado de la empresa de transportes Waynapicchu S.A., afectada por la decisión judicial que dio por prescrita la acción penal, desmintiendo así al congresista.

La defensa legal de esta empresa explicó que el juzgado de investigación que le dio la razón al señor Soto en 2019 no es el mismo que el que emite el auto de enjuiciamiento en octubre pasado. Desde ese momento, afirmó Urquizo, el abogado de Soto pretendió hasta en tres oportunidades que se archive la acusación contra su defendido. Eran épocas en las que el controvertido proyecto de ley que el 21 de julio salvó a Soto de una posible prisión no veía aún la luz en el Congreso.

Urquizo afirmó que lejos de ser los perjudicados por la decisión judicial, su pretensión de solicitar que Soto pague una reparación civil de más de 300 mil soles por los dos casos —tal como adelantó a este diario en su edición del pasado 5 de julio— no obedece a una venganza sino a un acto de justicia.

“Tenemos todas las de perder tras la aceptación judicial del sobreseimiento y esta aplicación de la nueva norma, pero no nos vamos a dar por vencidos”, aseguró.


MÁS DENUNCIAS

Mientras, otra denuncia obligará al apepista a ensayar más justificaciones. La congresista no agrupada Flor Pablo solicitó ayer que la Comisión de Ética, apenas sea instalada, investigue de oficio a Soto tras la denuncia que lo involucra en la contratación de Yeshira Peralta, hermana de la madre de su hija como auxiliar de su despacho parlamentario, en julio de 2021. La semana pasada, los voceros de las bancadas de Perú Libre, Margot Palacios; Fuerza Popular, César Revilla; y Renovación Popular, Jorge Montoya, aseguraron que esta contratación debe investigarse de oficio en este grupo de trabajo, por lo que la solicitud de Pablo ya ingresará a la agenda de esta comisión.

El titular del Congreso ya se ha defendido de esta acusación señalando que cuando se realizó esta contratación no había iniciado una relación con la madre de su hija. También adelantó que apenas quede conformada la Comisión de Ética se presentará para dar sus descargos.


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